El Gobierno dio un paso clave para instalar la competencia de monedas en el mercado argentino a partir de la publicación de una normativa del Banco Central (BCRA) que habilita la posibilidad de concretar compras en dólares y otras monedas extranjeras –además de en pesos– con tarjetas de débito.

Aunque hay distintos factores que aún deben resolverse para que esta disposición entre plenamente en funcionamiento, ya se han generado dudas tanto entre consumidores como comerciantes.

La normativa del BCRA dispone que a partir del 28 de febrero "los pagos con tarjeta de débito en dólares estadounidenses deben estar disponibles para los comercios que deseen aceptar esa modalidad de pago". Se trata, indicaron, de una medida para "fomentar la competencia de monedas con el objeto de permitir que las personas y los comercios puedan utilizar la moneda que deseen en sus transacciones cotidianas".

Es decir, la posibilidad de pagar en dólares será optativa para los comercios, que evaluarán si les resulta conveniente adoptar o no este sistema.

Por otro lado, la medida será obligatoria para bancos, administradoras de tarjetas y adquirentes, quienes deberán adaptar sus sistemas para permitir estos pagos. Es por esto que empresas como Fiserv, Payway, Mercado Pago y Getnet ya están trabajando en las adecuaciones necesarias para implementar esta funcionalidad en sus terminales de pago para usuarios de Mastercard y Visa.

Aunque la entidad monetaria aclaró que este tipo de pago ya era posible, el fin de la normativa es ponerle una fecha límite a la puesta en marcha del nuevo esquema, en línea con el objetivo del Gobierno de que los dólares que ingresaron al sistema durante el blanqueo de capitales comiencen a circular en la economía real.

En ese sentido, es importante recordar que las Cuentas Especiales para la Regularización de Activos (Cera) no podrán ser utilizadas directamente para realizar pagos. Pero los usuarios sí podrán transferir fondos a una caja de ahorro en dólares convencional para luego utilizarlos en bienes o servicios.

Cabe mencionar, además, que desde el Gobierno señalaron que se espera que los pagos en dólares se registren –al menos durante una primera etapa– en trasacciones por montos grandes, como los destinados para la compra de vehículos o inmuebles que, de hecho, ya se tasan en dólares.

Mientras tanto, la Secretaría de Comercio permitirá que los precios de cualquier producto puedan exhibirse en pesos, dólares o cualquier otra moneda extranjera. En realidad, esta nueva normativa vino a reemplazar una resolución que estuvo vigente desde 2002 pero que solo permitía mostrar los precios en dólares de manera secundaria, con un formato visualmente menos relevante que la cifra en pesos.

Detalles del sistema para pagos en moneda extranjera

Uno de los puntos relevantes a tener en cuenta es que, para realizar pagos en dólares no será necesario contar con nuevas tarjetas, ya que si los consumidores disponen de cajas de ahorro en dólares y de tarjetas vinculadas a estas, la operación podrá completarse directamente. Para ello, el BCRA autorizó a los bancos a que se puedan vincular las tarjetas de débito a cuentas en dólares.

Al respecto, cabe aclarar también que los consumidores deberán utilizar sus tarjetas bancarias asociadas a un CBU, ya que las cuentas de billeteras virtuales (identificadas con un CVU) funcionan (por el momento) únicamente en pesos.

Esto también significa que los pagos en dólares no implicarán una conversión de monedas al momento de la transacción, y que la caja de ahorro del cliente deberá contar con los fondos suficientes para costear la compra. Además, los costos asociados a estos pagos, como los aranceles y comisiones, serán los mismos que en las operaciones realizadas en pesos.

Dado que las cajas de ahorro en dólares son solo para personas físicas, los comercios deberán comenzar a abrir sus cuentas en dólares. En el BCRA esperan que los bancos agilicen este proceso para personas jurídicas, y algunas entidades ya estaban lanzando sus propuestas.

A la hora de decidir con qué moneda pagar será determinante ver a qué tipo de cambio la tomará el comercio o vendedor en cuestión. Como referencia para transacciones en dólares se podrían tomar, por ejemplo, las cotizaciones del dólar oficial, el MEP o el blue.

Otro elemento a tener en cuenta es que desde el 1 de abril todos los comercios van a tener que discriminar en sus facturas el precio de los bienes que vendan de los impuestos. Eso también les va a caber a las facturas emitidas en dólares. De manera que van a aparecer los impuestos pagados en dólares, sobre todo el IVA.

Para facturar, en tanto, el comerciante que haga la liquidación del IVA para las ventas efectuadas en dólares tendrá que hacer la conversión del monto correspondiente a pesos, usando el tipo de cambio vendedor del Banco Nación del día anterior.

Esto es relavante ya que, si por consenso entre un comerciante y un cliente se adopta que el tipo de cambio de referencia a usar sea el blue, el vendedor no va a facturar en dólares y lo hará en pesos aunque reciba moneda extranjera, porque, de lo contrario, perdería dinero al "comprar" dólares más caros y "venderlos" mas baratos al momento de liquidar el IVA.

Según el cronograma oficial para la implementación de las facturas en dólares, desde el 15 de enero está habilitado el sistema de "Comprobantes en Linea" de la Agencia de Recaudación y Control de Aduana (Arca). En tanto, los sistemas de web services lo tienen que hacer desde el 15 de abril y los servicios de Facturador Móvil y Facturador de Arca, desde el 1 de marzo.

Con esta resolución, el BCRA también dio otro paso en la interoperabilidad de los pagos QR con tarjeta, que por el momento funciona únicamente para los pagos con tarjeta de crédito. Desde el 1 de abril próximo también estará disponible para tarjeta de débito, tanto en pesos como en dólares.