El BCRA estableció nuevos topes al financiamiento para grandes empresas

El Banco Central amplió el monto del importe total de financiaciones que podrán tener las empresas exportadoras. Los detalles de la medida

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El Banco Central emitió una nueva regulación dirigida a los bancos aumentando el tope de financiamiento para las grandes empresas exportadoras.

En el documento "Normas sobre Políticas de crédito" se amplió el importe total de financiaciones alcanzadas en pesos en el conjunto del sistema financiero , y/o pases y/o cauciones bursátiles desde los $5.000 millones a los $30.000 millones durante los últimos 90 días corridos.

Cuando un cliente manifieste por declaración jurada que no se encuadra en la categoría de “Gran empresa exportadora” y, de la información disponible en la “Central de deudores del sistema financiero”, surja que supera el importe de $ 30.000 millones, deberá presentar una certificación extendida por Auditor Externo o Contador Público independiente (con firma debidamente certificada por el respectivo Consejo Profesional de Ciencias Económicas) en la que se detallen las financiaciones en pesos y moneda extranjera en el conjunto de las entidades financieras, desagregando los datos correspondientes a cada uno de esos intermediarios a la fecha a la cual se refiera, y los citados pases y cauciones bursátiles tomados –en pesos– durante los últimos 90 días corridos.

Lo previsto en este párrafo no será de aplicación cuando el cliente reúna la condición de MiPyME –de acuerdo con las normas sobre “Determinación de la condición de micro, pequeña y mediana empresa”–.

Esa certificación mantendrá vigencia durante 90 días corridos desde la fecha a la cual se refiera, sin perjuicio de la presentación de una nueva certificación en caso de corresponder.”

“Cuando el cliente reúna la condición del punto 7.1.1. pero el importe total de sus financiaciones en pesos en el sistema financiero no supere el importe de $ 30.000 millones y no haya mantenido pases y/o cauciones bursátiles tomadas –en pesos– durante los últimos 90 días corridos, la entidad financiera podrá otorgarle nuevas financiaciones en la medida que con tales desembolsos no se supere ese importe.

“Las entidades financieras sólo podrán acordar y desembolsar nuevas financiaciones en pesos al conjunto de clientes alcanzados por la definición de “Grandes empresas exportadoras” previa conformidad del BCRA.”

BCRA: a qué clientes corresponde esta medida

Los clientes comprendidos son aquellos que se encuentran en la categoría de “Grandes empresas exportadoras” y los clientes del sector privado no financiero que reúnan concurrentemente las siguientes condiciones:

- El importe total de sus exportaciones de bienes y servicios de los 12 meses calendario inmediatos precedentes representan al menos el 75% de sus ventas totales - considerando mercado interno y exportaciones- para ese período.

- Se excluye el monto de ventas totales aquellas realizadas por la empresa en el mercado interno a sus clientes vinculados excepto que se trate de ventas de bienes a empresas distribuidoras para su comercialización en el mercado interno.

- No se considerarán las exportaciones industriales comprendidas en acuerdos internacionales de complementación en los cuales la Argentina sea parte.

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