¿Cuáles son las consecuencias de echar a rodar una ley sin adaptación institucional, ni recursos, ni programas orientadores que guíen su aplicación? La primera respuesta que sugieren los especialistas es que se implementará a medias o de forma incorrecta. El nuevo Régimen Penal Juvenil ya está en vigencia en Argentina; sin embargo, crece el debate en torno a cómo se pondrá en marcha, cuando las condiciones básicas que la norma da por sentadas, no están garantizadas en la mayoría de las provincias.

Discusión abierta

 

El pasado 7 de septiembre, el Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial la reglamentación del nuevo Régimen Penal Juvenil, que comenzó a regir 48 horas antes, el sábado 5 de septiembre. La norma alcanza a adolescentes desde los 14 años hasta el momento en que cumplen 18, y no se limita a bajar la edad de punibilidad sino que además establece un sistema específico de responsabilidad penal para adolescentes, con distintas medidas y penas y con la educación, resocialización e integración social como objetivos.

Horas después, Santa Fe la Casa Gris instrumentó el funcionamiento provincial de la Ley Nacional 27.801. Distribuyó responsabilidades entre Justicia y Niñez, reguló institutos abiertos, habilitó monitoreo electrónico y fijó condiciones para situaciones críticas. entre otras medidas.

Mientras tanto, en la provincia de Buenos Aires, la situación fue otra. El mismo día en que se publicó la reglamentación nacional, la jueza Marta Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, ordenó suspender preventivamente durante 60 días la aplicación de la ley en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires.

La magistrada emitió un dictamen en el que advertía que los dispositivos bonaerenses no están en condiciones de recibir a una mayor cantidad de adolescentes y apuntó: “Hacinar menores, tarde o temprano, incrementa los niveles de inseguridad y violencia. Aunque intuitivamente parezca que nada mejora más la pacificación social que la severidad del castigo, las condiciones de encierro determinan los niveles de violencia con los que egresarán esas personas en desarrollo una vez que hayan cumplido con su condena”.

Pero este martes 15 de septiembre, la Justicia revocó ese fallo de la jueza Marta Pascual. La Cámara Penal de Lomas de Zamora anuló así, la orden que había interrumpido por 60 días la vigencia de la ley.

Si bien los jueces pueden decidir la detención de los menores comprendidos en la nueva ley, los sistemas penales juveniles de las provincias argentinas no cuentan con adecuación de sus instituciones para cumplir con la totalidad de la norma.

A pesar del fallo de la Cámara en su contra, el planteo de la jueza Pascual sirvió para volver a poner en discusión el problema que afecta a la mayoría de las provincias argentinas (no sólo a Buenos Aires) consistente en la falta de recursos e instituciones que permitan aplicar la ley de manera inmediata y completa, ya que si bien los jueces pueden decidir la detención de los menores comprendidos en la nueva ley, los sistemas penales juveniles de las provincias argentinas no cuentan con adecuación de sus instituciones para cumplir aspectos sustanciales de la ley 27.801.

Uno de los puntos más cuestionado, difícil de cumplirse sin los recursos adecuados, es el que establece la ley en el capítulo II, artículo 5º, inciso k) referido al lugar de alojamiento, que dice textualmente: “Producida la detención de un adolescente y en caso de que sea indispensable su encierro, su alojamiento deberá hacerse efectivo en dependencias acondicionadas especialmente para ese fin, bajo la dirección de personal idóneo para el trato con aquellos. Queda prohibido dicho alojamiento junto a personas mayores de edad”.

La mayoría de las provincias no cuenta con instituciones que reúnan esas condiciones y garanticen el respeto por los derechos del niño. Tampoco pueden avalar el cumplimiento de las convenciones internacionales que la misma ley invoca, lo cual reviste una clara contradicción, más allá de cualquier valoración y opinión personal. 

Las detención de jóvenes subirá 75%

 

“Lo que hizo la jueza de Lomas de Zamora fue poner sobre la mesa un problema que todos los operadores del fuero entendemos que existe: la imposibilidad material de dar respuesta con la nueva ley, al alojamiento de todos los jóvenes que serán encarcelados”, dijo defensor oficial del fuero penal juvenil de La Plata, Ricardo Berenguer, quien evalúa la presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra la nueva norma.

No hay ningún sistema carcelario –ni de adultos ni juvenil– que pueda dar respuesta en este tiempo a semejante incremento.

Según las estimaciones del subsecretario de Responsabilidad Penal Juvenil, se va a producir alrededor de un 75% de incremento de jóvenes encarcelados, durante este primer año; y Berenguer asegura que no hay ningún sistema carcelario –ni de adultos, ni juvenil– que pueda dar respuesta en este tiempo a semejante incremento.

“Esta situación no es exclusiva de la provincia de Buenos Aires. Hay provincias que no tienen siquiera fuero especializado: ni defensores, ni fiscales, ni jueces capacitados en derecho penal juvenil. Además, la norma prevé una partida de $23.739.155.303,0823 para infraestructura; pero de ese monto –aseguró. hasta el momento, ni un peso se transfirió a las provincias; tampoco se utilizó esa partida en el ámbito nacional para garantizar los recursos necesarios que permitan poner en práctica la ley”.

El funcionario consignó que en la provincia de Buenos Aires hay alrededor de 18 hábeas corpus pendientes. “Uno en particular –dijo– lleva 15 años de trámite en el Tribunal de Casación, sin resolución. Está relacionado con temas tan graves como la alimentación, la falta de agua potable o la carencia de agua caliente en los centros de detención de menores. Es decir que la falta de recursos viene siendo judicializada desde mucho antes de la entrada en vigencia de la nueva ley penal juvenil 27.801”, afirmó.

La norma prevé una partida de $23.739.155.303,0823 para infraestructura; pero hasta el momento, ni un peso se transfirió a las provincias.

¿Cómo se resuelven los casos en los lugares que no cuentan con Fuero Penal Juvenil?

 

“En esos casos, la defensa y la acusación la toman funcionarios que se dedican a mayores. Muchas veces (lamentablemente) se procede de este modo porque se aplica un argumento económico, ya que la cantidad de casos que involucran a niños y adolescentes es inferior a los casos que protagonizan personas mayores”, explicó en diálogo con Rosario3, la jueza a cargo del Juzgado de Menores Nº 4 de la ciudad de Rosario, María Dolores Aguirre Guarrochena.

“Aplicando este criterio –dice– a la hora de crear cargos, los estamentos políticos son bastante reacios a crear instituciones especializadas en Justicia Penal Adolescente, sobre todo en las provincias que no tienen gran cantidad de casos. Quizás, en la capital provincial o en las ciudades cabecera, cuentan con algún juzgado o algún funcionario especializado; pero no en todo el territorio”.

Ese no es el único punto a considerar –señala la magistrada en referencia a la cantidad de fiscales, defensores y jueces formados en la materia– sino que “la aplicación de esta ley demanda una ingeniería que debería existir al momento de empezar a aplicar la ley, en relación con el acompañamiento, la restitución de derechos y la reinserción social de los adolescentes”.

“Eso es algo que veníamos planteando, porque se desprende de la Convención de los Derechos del Niño, y es la grave falencia que tiene esta ley que se pretende poner en práctica sin ningún tipo de adaptación institucional, ni recursos, ni programas, ni líneas políticas que orienten estos espacios. Aunque tuviéramos la cantidad de funcionarios necesarios (algo que ya sabemos, no existe en todas las jurisdicciones) ni siquiera ellos podrían resolver por sí solos esta cuestión, sin esa ingeniería institucional que (también sabemos) no existe en la práctica”, concluyó la jueza.

Anuncios en las provincias

 

Algunas provincias argentinas comenzaron a adecuar el sistema de Menores: Entre Ríos emitió un protocolo para sus fiscales; en Neuquén se desarrolla una mesa interinstitucional y un anteproyecto; Córdoba está reformando su ley procesal juvenil. Tucumán y Mendoza también tienen proyectos de adecuación que están avanzados; pero el punto es que la ley ya está vigente y los adolescentes ya están siendo detenidos, en este marco legal.

En Santa Fe, en junio de 2025, entró en vigencia el nuevo Código Procesal Penal Juvenil, que se anunció con el fin de transformar el esquema de actuación respecto de los jóvenes de entre 16 y 18 años que cometan hechos delictivos de competencia provincial, que tengan un mínimo de pena en expectativa de dos años de prisión”.

Una normativa incluida en la Ley N° 14.228, que fue aprobada por la Legislatura santafesina el 30 de noviembre de 2023 y, posteriormente, promulgada el 29 de diciembre de ese año. En ese contexto, la Fiscal General de la provincia, María Cecilia Vranicich, dispuso la creación de Unidades Fiscales Especializadas en cada una de las cinco Fiscalías Regionales.

En el ámbito del Ministerio Público de la Defensa, el 10 de septiembre último (5 días después de la entrada en vigencia de la ley ya reglamentada), la Defensoría General de la Nación anunció “una serie de medidas destinadas a fortalecer la especialización de la defensa pública y la protección integral de las personas alcanzadas por el nuevo sistema. 

Las nuevas dependencias, según informa la web oficial mpd.gov.ar funcionarán en el ámbito de la Secretaría General de Coordinación y bajo la órbita institucional del Dr. Mariano Patricio Maciel, titular de la Unidad de Implementación del Régimen Penal Juvenil (UIRPJ), creada para coordinar el proceso de adecuación institucional del Ministerio Público de la Defensa al nuevo régimen legal.

La Defensoría General implementó, además, las Unidades de Defensa Penal Juvenil Nº 1 y Nº 2, dependencias especializadas destinadas a ejercer la defensa técnica de adolescentes de 14 y 15 años alcanzados por el nuevo régimen.

En Santa Fe, el Ministerio Público de la Defensa adecuó la actuación de sus defensores públicos tras la entrada en vigencia de la ley. El 7 de septiembre se dictó la Resolución N.° 240/26 publicada en forma resumida en la web oficial del Ministerio Público de la Defensa mpdsantafe.gob.ar.

La misma establece: instruir a Defensoras y Defensores; instruir a la Secretaría de Políticas de Prevención de la Violencia Institucional; monitorear los espacios de responsabilidad juvenil y encomendar al Instituto de Capacitación de ese Ministerio la formación especializada en materia de justicia penal juvenil.

Por ahora, las directivas se anunciaron, los resultados de la capacitación vendrán con el tiempo y las provincias siguen esperando la transferencia de presupuesto que permita cumplir con el fin último establecido en la ley: “fomentar en el adolescente imputado el sentido de la responsabilidad legal por sus actos, lograr su educación, resocialización e integración social y procurar que supere el riesgo social y la conflictividad puesta en evidencia en la comisión del delito".

¿Cómo se procederá con las personas de 14 y 15 años que ya están siendo detenidas hoy? Es una incógnita. O no tanto.