El Gobierno nacional introdujo cambios en la reglamentación de la Ley de Tránsito con el objetivo de simplificar la homologación de vehículos 0 km, tanto importados como fabricados en el país, y avanzar en la desregulación del mercado de autopartes.

La medida quedó establecida mediante el Decreto 796/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial. La nueva normativa incorpora estándares técnicos internacionales y reconoce de manera directa determinadas certificaciones de seguridad emitidas en Estados Unidos.

Qué cambia para los vehículos 0 km

 

Uno de los principales cambios es la incorporación del sistema de autocertificación vigente en Estados Unidos. Desde ahora, Argentina reconocerá las homologaciones respaldadas por la denominada “Blue Ribbon Letter”, un documento emitido por la National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA).

La certificación establece que el fabricante asume la responsabilidad de que sus vehículos cumplan con las normas federales estadounidenses de seguridad activa y pasiva, conocidas como Federal Motor Vehicle Safety Standards (FMVSS).

De acuerdo con el nuevo esquema, esa documentación será considerada suficiente para acreditar las exigencias de seguridad locales, sin necesidad de realizar ensayos o controles adicionales a los requeridos por la NHTSA.

La correspondencia técnica de cada unidad importada será verificada de manera individual a través del Número de Identificación Vehicular (VIN).

De todos modos, para poder circular por la vía pública, los vehículos de producción seriada y 0 km deberán contar con la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuración Ambiental (LCA).

La LCM estará vinculada a los requisitos de seguridad activa y pasiva y será otorgada por la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa. La LCA, relacionada con emisiones contaminantes, ruidos y radiaciones, quedará a cargo de la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes.

El procedimiento se iniciará con una solicitud presentada como declaración jurada por la terminal automotriz o el importador. Al mismo tiempo, continuarán siendo válidas las homologaciones realizadas bajo normas reconocidas por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Autopartes: se elimina la autorización previa

 

El decreto también establece un cambio significativo para el mercado de autopartes.

Todos los componentes, piezas y repuestos destinados a vehículos fabricados o importados en Argentina pasarán a tener libre comercialización, producción e importación.

En consecuencia, ya no será necesaria una autorización previa para su ingreso al país o su venta. La responsabilidad por el cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias quedará en manos de fabricantes e importadores.

Habrá controles posteriores y sanciones

 

La flexibilización de los trámites no elimina los controles por parte del Estado.

Las terminales e importadores que homologuen vehículos mediante la “Blue Ribbon Letter” deberán informar de inmediato a las autoridades argentinas si la NHTSA comunica alguna sanción, investigación, campaña de retiro o defecto de fabricación relacionado con esos vehículos.

Además, tendrán que aplicar en el mercado argentino las mismas medidas correctivas dispuestas en Estados Unidos.

El incumplimiento podrá derivar en la suspensión o revocación de la homologación correspondiente.

Por otra parte, el decreto establece que ocultar información, omitir datos o presentar documentación falsa en las declaraciones juradas será considerado una falta grave. En esos casos podrán aplicarse sanciones previstas en la Ley de Defensa del Consumidor y en el Decreto de Lealtad Comercial 274/2019, además de las eventuales responsabilidades civiles o penales.