El gobierno de Santa Fe oficializó este martes, a través de su publicación en el Boletín Oficial, el decreto mediante el cual se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en distintas localidades de los departamentos Vera, 9 de Julio, General Obligado y La Capital.
La disposición tendrá vigencia hasta el 30 de septiembre de 2026 y responde a las severas condiciones climáticas que se registraron entre marzo y abril, cuando se produjeron lluvias intensas que estuvieron por encima de los valores históricos para la región.
Como consecuencia de estas precipitaciones extraordinarias, se generó una marcada saturación de los suelos, anegamientos en amplias zonas y el desborde del río Salado. A este panorama se sumó además el ingreso de agua proveniente de Chaco y Santiago del Estero, lo que profundizó aún más la situación.
La Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria había resuelto, por unanimidad, sugerir al gobernador Maximiliano Pullaro la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario para esa extensa franja del norte provincial golpeada por los excesos hídricos registrados durante abril.
Los distritos alcanzados por la medida son los siguientes:
- Vera: Fortín Olmos, Garabato, Los Amores, Golondrina, Intiyaco, Cañada Ombú y Los Tábanos.
- 9 de Julio: Gato Colorado, Villa Minetti, San Bernardo, Pozo Borrado, Tostado, Gregoria Pérez de Denis, Santa Margarita y Logroño.
- General Obligado: Villa Guillermina.
- La Capital: la declaración alcanza puntualmente a la actividad hortícola desarrollada en Recreo, Monte Vera y la ciudad de Santa Fe.
Fuerte impacto sobre la producción
El decreto remarca que el temporal ocasionó importantes deterioros en la red de caminos rurales. En paralelo, dentro del sector ganadero, se informó sobre el traslado obligado de hacienda, escasez de pasturas y una caída en los niveles de rentabilidad.
Respecto de la producción agrícola, la soja evidencia pérdida de superficie sembrada y una merma en la calidad del grano a raíz de enfermedades propias del fin del ciclo productivo. En tanto, el algodón sufrió daños de consideración que afectan de manera directa sus rindes.
A su vez, el cordón hortícola santafesino también presenta consecuencias de relevancia, ya que los anegamientos generaron perjuicios directos que ponen en riesgo la capacidad productiva en el corto plazo.
Alcances de la asistencia para productores
La normativa establece que los productores damnificados podrán presentar hasta el 30 de junio de 2026 las declaraciones juradas necesarias para tramitar el certificado de emergencia.
Entre los beneficios contemplados se encuentran:
- Prórroga impositiva: quienes obtengan certificados de “Emergencia” tendrán diferidos los vencimientos de las cuotas del Impuesto Inmobiliario Rural y Urbano correspondientes a 2026. Las nuevas fechas de pago fueron fijadas entre noviembre de 2026 y marzo de 2027.
- Condonación tributaria: los productores encuadrados bajo la figura de “Desastre Agropecuario” accederán a la condonación de las cuotas impositivas del año 2026.
- Suspensión de juicios: también se dispone la suspensión por 180 días de los juicios y de las acciones administrativas vinculadas al cobro de impuestos una vez concluido el período de emergencia.



