Un fallo judicial de la jueza de Familia de Rosario, Andrea Brunetti, sienta nueva jurisprudencia con originalidad en torno al asunto de los deudores alimentarios, ya que ordenó que la cuota alimentaria de un hombre para su hijo sea cobrada a través de la factura de la Empresa Provincial de la Energía (EPE).

La medida fue tomada a partir de que el hombre incumplió una serie de instancias durante los últimos dos años, ignorando sanciones tradicionales luego de la inscripción en el registro de deudores, con la prohibición de salir del país, el embargo de cuentas y la suspensión de su licencia de conducir.

La magistrada fundamentó su decisión en el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que menciona "imponer medidas razonables para garantizar la eficacia de las sentencias cuando se vulnera el derecho humano fundamental de un menor a recibir alimentos". 

A partir de su resolución, la EPE funcionará como un agente de retención, incluyendo la cuota como un rubro adicional en la boleta del servicio eléctrico. 

La eficacia de la medida tomada por la magistrada Brunetti reside en su carácter coercitivo, asumiendo que el deudor priorizará el pago para evitar el corte del suministro de luz, siendo la empresa la encargada de depositar lo recaudado en una cuenta judicial.

“Una respuesta necesaria ante un deudor que se mostró indiferente a otras privaciones, obligando a la justicia a intervenir sobre un servicio esencial para asegurar el bienestar del niño”, estableció la magistrada en una entrevista con LT10 de Santa Fe.

El caso representa el primer antecedente de este tipo en la provincia. Existen dos resoluciones similares a nivel nacional en las provincias de Chaco y Tucumán.